AB/1 Intensivo específico 68 horas del 14/10/24 al 13/12/24
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AB/1 Intensivo específico 68 horas del 14/10/24 al 13/12/24
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Requisitos de acceso a la Oposición de Administrativos/as
Requisitos generales
Quienes aspiren a ingresar en los Cuerpos y Escalas objeto de las convocatorias, deberán poseer los siguientes requisitos generales de participación, así como los que señalen las correspondientes bases específicas:
a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española.
a.a) También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
a.b) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
a.c) El cónyuge de las personas españolas y de las personas nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea la nacionalidad de tales cónyuges, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar las personas descendientes de ambos, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
a.d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos establecidos en el Apartado a.a).
b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, debiendo poseer la aptitud psicofísica precisa y la compatibilidad de su capacidad o discapacidad para el normal desempeño de las funciones y tareas del puesto de trabajo al que corresponden las plazas convocadas, que se acreditará por los Servicios Médicos Municipales de acuerdo con lo previsto en la Base Undécima, con independencia de las adaptaciones en el puesto de trabajo que, a tenor de la vigente normativa de prevención de riesgos laborales resulte necesario llevar a cabo para garantizar la protección de las personas frente a los riesgos derivados del trabajo.
c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Las bases específicas podrán exigir la edad mínima de dieciocho años para el acceso a aquellas plazas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud, a juicio del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Bilbao.
d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Titulación: Poseer la titulación que se requiera en las bases específicas de cada convocatoria.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
f) No hallarse incurso/a en causa legal de incapacidad o incompatibilidad, previstos en la normativa vigente en materia de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, sin perjuicio, para quienes ocupan ya un cargo público o una actividad privada incompatible, de ejercitar el derecho de opción a que se refieren las citadas normas legales.
g) Tasas: Haber abonado la tasa por derechos de examen prevista en la vigente Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por Expedición y Entrega de Documentos del Ayuntamiento de Bilbao, dentro del plazo de presentación de instancias.
h) Aquellos otros que, específicamente, se fijen para cada proceso selectivo en los correspondientes anexos.
Quienes deseen tomar parte en la convocatoria deberán reunir la totalidad de los requisitos exigidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Asimismo deberán poseerse todos ellos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento, excepto el señalado en el apartado b) relativo a la capacidad funcional, que deberá ser certificado por los servicios médicos municipales inmediatamente antes del nombramiento como funcionario en prácticas o de carrera.
No obstante lo anterior, si en cualquier momento del procedimiento llegara a conocimiento del Tribunal que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, se le excluirá de la misma, previa audiencia de la persona interesada, dando cuenta el mismo día, a la autoridad que haya convocado el proceso selectivo
¿Cuáles son las ventajas de trabajar en el sector público?
Fases del examen de oposición
1o FASE Fase de ejercicio teórico
2o FASE Fase de ejercicio práctico
3o FASE Fase de euskera
En la mayoría de los Ayuntamientos se realiza primero una prueba teórica proveniente de un temario o en ocasiones de una batería previamente publicada por dicho Ayuntamiento
Se realiza un examen practico sobre el temario completo o en ocasiones sobre una parte del mismo, pudiendo resolverse en forma de test o desarrollo según indiquen las bases de cada proceso.
Habitualmente se realiza en el mismo día que el examen teórico, y a continuación del mismo.
Superados los ejercicios teórico y práctico se convoca al ejercicio de euskera a toda persona que se hubiera inscrito para realizar la prueba de euskera.
Quedarán exentos de realizar el presente ejercicio quienes, con anterioridad a la realización del mismo, posean la certificación emitida por el IVAP del perfil lingüístico o alguno de los títulos o certificados oficiales acreditativos del conocimiento del euskera equiparados con el nivel B-2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, y aquellas personas cuyo perfil lingüístico figure acreditado en el Registro Unificado de Títulos y Certificaciones de Euskera, para lo cual la persona participante autorizará expresamente al Ayuntamiento para su comprobación en el citado registro. Las personas aspirantes que no autoricen esta comprobación deberán aportar la documentación pertinente cuando así se lo requiera el tribunal. Quienes pretendan acreditar perfiles lingüísticos al amparo de lo dispuesto en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera, deberán aportar la certificación académica correspondiente, siempre que se haya acreditado con anterioridad a la realización del presente Ejercicio.
Este ejercicio será calificado como aptitud o no aptitud, en el caso de las personas aspirantes que concurran a las plazas asociadas a los puestos con perfil lingüístico preceptivo.
TEMARIO GENERAL AYUNTAMIENTOS EUSKADI
TEMARIO COMUN
Tema1. La Constitución Española de 1978: Título Preliminar (Art. 1 a 9, ambos incluidos) Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Título I (art. 10 a 29, ambos incluidos).
Tema 2. Organización territorial del Estado. Los estatutos de autonomía: su significado. Sistema de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Título VIII. art. 137-153 (ambos incluidos).
Tema3. El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Título preliminar. Artículo 1-9. Título I: Competencias del País Vasco: exclusivas, de desarrollo legislativo y ejecución y de ejecución. Art. 10-23.
Tema4. Ley Orgánica 3/79 de 18 de diciembre, Estatuto de Autonomía del País Vasco. Título II: Los poderes del País Vasco. El Parlamento Vasco. El Gobierno Vasco. El Lehendakari. La Administración de Justicia en el País Vasco. Art. 24-36.
Tema 5. Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos. Título Preliminar: Disposiciones generales (art. 1 a 5, ambos incluidos) Título I: Capítulo I: De las competencias de las Instituciones Comunes (art. 6). Capítulo II: Competencias de los territorios históricos: exclusivas, de desarrollo y ejecución y de ejecución (art. 7). Potestades de los territorios históricos (art. 8-10).
Tema 6. El régimen local. El principio de autonomía local: significado y alcance. Entidades que integran la Administración local. Ley 7/85 de 2 de abril Ley Reguladora de Bases de Régimen Local (A partir de ahora LBRL) y Ley 2/2016 de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi (A partir de ahora LILE).
Tema 7. El Municipio. LBRL – LILE.
Tema 8. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento. LBRL – R.D 1690/1986 La organización municipal: principios fundamentales. Órganos básicos: Alcalde, Tenientes de Alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Los órganos complementarios. Competencias de los órganos LBRL art. 19-22.
Tema 9. El Ayuntamiento. Pleno: composición y competencias. La Junta de Gobierno Local: Composición, nombramiento y competencias. Las Comisiones informativas. Funcionamiento del Pleno: Régimen de sesiones y acuerdos, actas y certificaciones de acuerdos.
Tema 10. Potestad normativa de las Entidades locales. Reglamento orgánico y ordenanzas. Procedimiento de elaboración y aprobación. La publicación de las normas locales. Los bandos. LBRL, Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (RD 2568/1986 de 28 de noviembre), LILE y Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre de Haciendas Locales.
Tema 11. Contenido de las Ordenanzas Fiscales. Procedimiento y aprobación. Entrada en vigor. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Regulador de las Haciendas Locales y Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, reguladora de las Haciendas de Bizkaia.
Tema 12. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales TÍTULO I. De los interesados en el procedimiento.
Tema 13. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. TÍTULO II. De la actividad de las Administraciones Públicas.
Tema 14. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. TÍTULO III. De los actos administrativos.
Tema 15. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. TÍTULO IV. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común.
Tema 16. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. TÍTULO V. De la revisión de los actos en vía administrativa.
Tema 17. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones. (Título VI). Art. 127-131 (ambos inclusive).
Tema 18. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (I). Disposiciones generales (art. 1 a 4). Órganos de las Administraciones Públicas (art. 5 a 24). Principios de la potestad sancionadora (artículos 25 a 31).
Tema 19. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (II). La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas (art. 32 a 37). Funcionamiento electrónico del sector público (art. 38 a 46).
Tema 20. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de 26 de febrero de 2014. Disposiciones Generales (art. 1 a 27).
Tema 21. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Partes en el Contrato (art. 61 a 71). Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión (art. 99 a 105).
Tema 22. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014. Preparación de Contratos: expediente de contratación, pliegos de cláusulas administrativas. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Particulares y pliego de prescripciones técnicas (art.116 a 120, ambos incluidos, y art. 121 a 130, ambos incluidos).
Tema 23. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014. Disposición adicional segunda. Competencias en materia de contratación en las Entidades Locales. Disposición adicional tercera. Normas específicas de contratación pública en las Entidades Locales.
Tema 24. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (art. 12 a 22, ambos incluidos).
Tema 25. Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de Datos Personales y a la Libre Circulación de Datos. Capítulo I. Disposiciones generales (art. 1 a 4, ambos incluidos).
Tema 26. Adquisición y pérdida de la condición de empleado. Cuerpos de funcionarios. Carrera profesional Situaciones Administrativas. Derechos y deberes de los funcionarios. Retribuciones. Órganos competentes en materia de personal en el ámbito local.
Tema 27. Texto refundido 1/2023 de igualdad entre hombres y mujeres y vidas libres de violencia machista: Principios generales (Artículos 1 a 3, ambos incluidos). Competencias, funciones y organismos de igualdad en el ámbito local (art. 4, 7 y 10).
Tema 28. Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales: Título I. Ámbito de aplicación y Titulo II. Recursos de las Haciendas (art. 1 a 50).
Tema 29. Los bienes de las entidades locales. Clases. El inventario de bienes. El dominio público municipal: Clases y formas de uso y aprovechamiento.
Tema 30: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: publicidad de las subvenciones concedidas (art. 18), causa de reintegro (art. 37) e infracciones administrativas (art. 52-58).
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